Plan de Regularización Catastral 2014-2016. Cartografía Catastral del municipio de La Romana (Alicante). (Click para ampliar)

Plan de Regularización Catastral 2014-2016. Cartografía Catastral del municipio de La Romana (Alicante). (Click para ampliar)

Casetas de aperos transformadas en viviendas, balcones convertidos en nueva estancia o ampliaciones de alguna altura de las viviendas. El Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas inició en 2012 un procedimiento de regularización catastral que persigue estas irregularidades y permite actualizar el cobro del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) a quienes hasta ahora lo habían evadido por omisión de su obligación de declarar. “Su finalidad es la incorporación al Catastro Inmobiliario de los bienes inmuebles urbanos y rústicos con construcción, así como de las alteraciones de sus características, en supuestos de incumplimiento de la obligación de declarar de forma completa y correcta las circunstancias determinantes de un alta o modificación catastral”. De esta forma explica el Catastro en su página oficial este plan que arrancó en 2013.

El artículo 16 de la Ley 16/2012, de 27 de diciembre, incluye una modificación del texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/20004 de 5 de marzo que, en su disposición adicional tercera, aborda el procedimiento de regularización catastral 2013-2016. Este procedimiento consiste en la incorporación al Catastro Inmobiliario de los bienes inmuebles urbanos y rústicos construidos. Se trata de incluir en la base de datos catastral las edificaciones que no figuraban para que tributen el IBI evadido. Los municipios en los que se lleva a cabo la aplicación se publican en el Boletín Oficial del Estado. El trámite se inicia de oficio y, después de recibir una comunicación oficial, el ciudadano dispone de 15 días para alegar. Con la notificación de la propuesta de regularización, se adjunta la liquidación de una tasa de 60 euros por inmueble.

Este Proyecto de Ley cuenta con distintas opiniones por parte de diferentes sectores y expertos. La profesora de Catastro Carmen Femenía Ribera señala en una entrevista publicada por el Diario Información que “la regularización del Catastro es una forma de recaudar pero evita agravios”. Para el abogado Máximo Luis Barrientos Fernández “a quien realmente beneficia esta medida es a los ayuntamientos, destinatarios últimos de los ingresos producidos a través del IBI que representa en torno al 44% del total de sus ingresos”.

Por su parte, el presidente de la Asociación Española de Geómetras Expertos y vicepresidente del Consejo Europeo de Geómetras, Pedro Ortiz Toro, señala en un artículo de opinión en su blog la carencia de profesionales de la topografía y cartografía en la Dirección General del Catastro. A juicio de Ortiz, es fundamental incorporar al geómetra junto al resto de operadores en el tráfico inmobiliario, como ocurre desde hace décadas en la amplia mayoría de países europeos. “El desarrollo del tráfico inmobiliario tendría una clara mejora al realizarse en armonía y colaboración entre los operadores jurídicos y los geómetras, redundando en el beneficio del ciudadano al aportar máxima seguridad y rapidez, con el menor coste posible”, señala el experto.

Si estás interesado en saber si tu municipio está inmerso en el Plan de Regularización Catastral puedes consultarlo en el BOE (anuncio de los municipios que entran en fase de regularización en la quinta ventana de 2014 [PDF]) o al consultar la referencia catastral de tu bien inmueble en la Sede Electrónica de Catastro como se puede ver destacado en la imagen siguiente de una finca rústica al azar del municipio de Alicante.

Plan de Regularización Catastral 2014-2016. Información sobre el mismo en la búsqueda del bien inmueble en la SEC.

Plan de Regularización Catastral 2014-2016. Información sobre el mismo en la búsqueda del bien inmueble en la SEC. (Click para ampliar)